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Cuando la negligencia de una agencia gubernamental causa su lesión, la ley de California puede permitirle buscar compensación. Sin embargo, demandar a una entidad gubernamental es diferente a demandar a una parte privada. La Ley de Reclamaciones Gubernamentales (a menudo llamada la Ley de Reclamaciones por Agravios de California) establece procedimientos y plazos estrictos. Comprender cómo funcionan estas reclamaciones ayuda a proteger sus derechos legales.

Dordick Law Corporation ayuda a los californianos lesionados a navegar este proceso y a buscar compensación. Comience con nuestro centro de práctica de lesiones personales del sur de California para ver los tipos de casos que manejamos, conocer más sobre nuestra firma y conocer más a nuestros abogados.

Comprendiendo la Responsabilidad Gubernamental en California

Las entidades públicas pueden ser responsables por lesiones causadas por propiedades públicas inseguras o mal mantenidas, acciones negligentes de empleados gubernamentales y fallas en mantener instalaciones razonablemente seguras. Muchos de estos casos se encuentran bajo el ámbito más amplio de responsabilidad de propiedad cuando la lesión está relacionada con una condición peligrosa.

Cuando usted resulta lesionado debido a la negligencia de una entidad pública, puede tener bases para una reclamación de lesiones personales en el sur de California. Ejemplos incluyen baches o aceras rotas, condiciones inseguras en edificios gubernamentales, acciones negligentes de empleados gubernamentales y fallas en reparar peligros conocidos en propiedad pública.

Si sufrió daños que cambiaron su vida, puede necesitar documentar la atención futura y la pérdida de ingresos relacionada con lesiones catastróficas. También debe probar la causalidad y los daños mediante evidencia que se ajuste a la teoría legal de responsabilidad.

Cómo las Entidades Gubernamentales Difieren de los Demandados Privados

La ley de California limita cuándo usted puede demandar a una entidad pública. Las entidades públicas generalmente no son responsables por lesiones a menos que un estatuto permita la reclamación. (Código de Gobierno de California, § 815.) La ley de California proporciona bases específicas de responsabilidad, incluyendo responsabilidad por la conducta de empleados en algunas situaciones (Código de Gobierno, § 815.2) y por condiciones peligrosas de propiedad pública (Código de Gobierno, § 835).

Para el texto estatutario actual, revise el Código de Gobierno § 815 y el Código de Gobierno § 835.

La Ley de Reclamaciones por Agravios de California: Su Marco Legal

La Ley de Reclamaciones Gubernamentales de California (Código de Gobierno, §§ 810–996.6) regula muchas reclamaciones contra entidades públicas. Esta ley crea un proceso administrativo obligatorio que usted debe seguir antes de presentar muchas demandas estatales en los tribunales. Si omite los pasos requeridos, puede perder su derecho a demandar.

En muchos casos de lesiones contra una entidad pública, generalmente debe presentar primero una reclamación por escrito dentro de los seis meses desde que surgió la reclamación. (Código de Gobierno, § 911.2(a).) La acumulación de la reclamación a menudo ocurre en la fecha de la lesión, pero puede diferir en algunas situaciones. Vea el Código de Gobierno § 911.2.

Después de presentar una reclamación, la entidad pública generalmente tiene 45 días para actuar sobre ella. (Código de Gobierno, § 912.4.) Vea el Código de Gobierno § 912.4.

Si la entidad pública rechaza la reclamación (o se considera rechazada por operación de la ley), usted puede presentar una demanda. Si la entidad pública emite un aviso de rechazo por escrito que cumple con la sección 913 del Código de Gobierno, se aplican plazos estrictos para presentar la demanda. (Código de Gobierno, §§ 913, 945.6.)

Este proceso da a las entidades públicas la oportunidad de investigar y potencialmente resolver reclamaciones antes del litigio. También crea plazos estrictos que pueden cortar sus derechos rápidamente.

El Requisito de Aviso de Reclamación de Seis Meses

El plazo más crítico en muchos casos de responsabilidad gubernamental es el tiempo para presentar una reclamación. Bajo la sección 911.2 del Código de Gobierno de California, generalmente debe presentar una reclamación por escrito dentro de los seis meses desde que surgió la reclamación (a menudo la fecha de la lesión). (Código de Gobierno, § 911.2(a).)

Algunas reclamaciones pueden seguir diferentes plazos dependiendo del tipo de pérdida. Un abogado también puede ayudarle a evaluar lesiones subyacentes relacionadas con lesión cerebral traumática (TBI) u otras condiciones que pueden no parecer graves de inmediato.

Qué Información Debe Incluirse en la Reclamación

La sección 910 del Código de Gobierno de California enumera el contenido requerido de la reclamación. Revise los requisitos estatutarios en el Código de Gobierno § 910. Una reclamación típicamente incluye:

  • Su nombre y dirección postal
  • La dirección postal donde desea recibir notificaciones
  • La fecha, lugar y circunstancias del incidente
  • Una descripción general de la lesión, daño o pérdida (en la medida en que se conozca)
  • El nombre de los empleados públicos involucrados, si se conocen
  • La cantidad exacta reclamada, si es de $10,000 o menos. Si su reclamación excede $10,000, la ley de California le prohíbe indicar una cantidad específica. Sin embargo, debe indicar si se clasificaría como un “caso civil limitado” (que actualmente aplica a casos civiles en California valorados por debajo de $35,000).

Aunque el estatuto establece requisitos mínimos, agregar documentación útil puede respaldar la investigación de la agencia.

Si su reclamación involucra al Estado de California, puede necesitar presentarla a través del Programa de Reclamaciones Gubernamentales del Departamento de Servicios Generales de California.

Qué Sucede Si Pierde el Plazo

Perder el plazo a menudo impide que un reclamante pueda presentar muchas reclamaciones estatales contra una entidad pública. En algunas situaciones, un reclamante puede solicitar presentar una reclamación tardía o buscar alivio del requisito de reclamación. (Código de Gobierno, §§ 911.4, 946.6.) Estos procedimientos incluyen reglas y plazos estrictos.

Si cree que perdió un plazo, contacte a un abogado rápidamente. Esperar puede reducir sus opciones.

La Respuesta del Gobierno y Sus Opciones

Después de presentar su reclamación, la entidad pública generalmente tiene 45 días para actuar. (Código de Gobierno, § 912.4.) Durante este período, la agencia puede investigar y decidir si acepta o rechaza la reclamación.

  • Si la entidad pública acepta la reclamación, usted puede negociar un acuerdo.
  • Si la entidad pública rechaza la reclamación, puede enviar un aviso de rechazo por escrito. Si el aviso cumple con la sección 913 del Código de Gobierno, generalmente debe presentar la demanda dentro de los seis meses desde la fecha en que el aviso fue entregado personalmente o enviado por correo. (Código de Gobierno, § 945.6(a)(1).) Puede revisar el estatuto en el Código de Gobierno § 945.6.
  • Si la entidad pública no responde dentro de los 45 días o no proporciona un aviso adecuado conforme a la sección 913, su reclamación se considera rechazada por operación de la ley. En este caso, usted tiene dos años desde la fecha de acumulación (generalmente la fecha de la lesión) para presentar su demanda. (Código de Gobierno, § 945.6(a)(2)).

Estas reglas pueden ser técnicas. Un abogado puede ayudar a confirmar el plazo correcto en su caso.

Tipos de Reclamos de Responsabilidad Gubernamental

Las reclamaciones de responsabilidad gubernamental cubren muchos tipos de incidentes. Las categorías comunes incluyen:

  • Condiciones peligrosas en propiedad pública — Aceras inseguras, baches, iluminación inadecuada y instalaciones públicas mal mantenidas pueden causar lesiones graves. La ley de California tiene elementos específicos para estos casos, incluyendo prueba de una condición peligrosa y causalidad. (Código de Gobierno, § 835.)
  • Accidentes de vehículos gubernamentales — Si un empleado gubernamental causa un accidente vial mientras hace su trabajo, la entidad pública puede ser responsable. (Código de Gobierno, § 815.2; Código de Vehículos, § 17001.)
  • Condiciones inseguras en edificios gubernamentalesLesiones por caídas o condiciones peligrosas en tribunales, oficinas del DMV, bibliotecas u otras instalaciones públicas.
  • Negligencia de empleados gubernamentalesLesiones causadas por trabajadores del gobierno mientras realizan sus funciones laborales.
  • Falla en mantener o reparar propiedad pública — Casos que involucran carreteras, aceras, parques y otras áreas públicas.
  • Mala conducta policial y uso excesivo de la fuerza — Dependiendo de las reclamaciones legales, puede necesitar presentar una reclamación gubernamental antes de buscar daños bajo la ley estatal. Lea más sobre las reformas policiales en California.

Cada tipo de reclamación requiere probar elementos legales específicos.

¿Por Qué Contratar a Dordick Law Corporation?

Dordick Law Corporation maneja reclamos sujetos a la Ley de Reclamaciones Gubernamentales de California. Trabajamos bajo honorarios de contingencia, lo que significa que usted no paga costos por adelantado. Solo cobramos si obtenemos compensación. Conozca más sobre nuestra firma, nuestros abogados, veredictos y más sobre Gary A. Dordick.

Si desea confirmar la licencia de un abogado, puede visitar el sitio web oficial del Colegio de Abogados del Estado de California.

Supervisamos plazos clave y manejamos el proceso requerido por la ley. También preparamos los casos para litigio cuando no se alcanza una resolución justa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es la inmunidad soberana?
Es un principio legal que limita cuándo se puede demandar al gobierno.

¿Puedo demandar por cualquier lesión?
No. Debe existir una base legal y cumplir con los elementos requeridos.

¿Qué daños puedo recuperar?
Daños económicos y no económicos, dependiendo del caso.

¿Qué pasa si perdí el plazo?
Puede haber opciones limitadas para presentar una reclamación tardía.

¿Cuánto tiempo toma el proceso?
Depende del caso y si se llega a litigio.

¿Necesito un abogado?
No siempre es obligatorio, pero es altamente recomendable.

Contacte a Dordick Law Corporation Hoy

Si ha sido lesionado debido a la negligencia de una entidad pública, actúe rápidamente. Muchas reclamaciones requieren presentarse dentro de seis meses.

Contacte a Dordick Law Corporation para una consulta gratuita. Trabajamos bajo honorarios de contingencia: no paga nada a menos que obtengamos compensación para usted. Llame al (310) 551-0949 para programar su consulta.


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